Economía

#LeyTelecom a tiempos extra: Tres temas además de Internet

El Congreso mexicano concluyó el 30 de abril su primer periodo de sesiones del 2014 sin aprobar la Ley de Telecomunicaciones, que llegó en forma de iniciativa presidencial el 24 de marzo a la Cámara de Senadores. A pesar de que las comisiones involucradas fijaron un calendario tentativo de trabajo para aprobarla hacia finales de abril, éste no se cumplió al no existir ni siquiera consenso sobre qué dictamen votar.

Además de la dimensión legislativa, parte de la conversación pública en torno a la iniciativa de ley se centró en los puntos de la iniciativa de ley sobre censura de contenidos en Internet, capacidad para suspensión de señales, neutralidad de la red y los derechos humanos en temas de cooperación de operadores con la justicia mexicana (sugerencia: la herramienta Explica La Ley de la organización Codeando México detalla estos artículos de la iniciativa).

Además de que fue un tema predominante en redes como Twitter o Facebook durante la semana del 21 al 27 de abril, el 26 de este mismo mes se produjo una demostración pública en forma de cadena humana. El tema no ha estado ausente de acusaciones entre las partes involucradas por supuestamente representar intereses de las empresas de telecomunicaciones y medios, como Televisa y América Móvil.

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Estos días previos al inicio de los periodos extraordinarios de sesiones, mismos que podrían abarcar la mitad de mayo y junio, son útiles para recordar otros temas que estuvieron ausentes o no recibieron el mismo grado de atención, y que deben estar en el “radar” del público para cuando inicien los tiempos extras de este periodo de sesiones en el parlamento de México.

En esta entrada se exponen sólo tres de ellos como botón de muestra. Para abundar en el tema de derechos humanos, censura y seguridad te comparto esta entrevista:

El apagón analógico y la Televisión Digital Terrestre.

La reforma constitucional de telecomunicaciones pone como límite el 31 de diciembre para realizar la transición a la televisión digital terrestre. Sin embargo, la iniciativa enviada por el Presidente Enrique Peña Nieto (Artículo Décimo Sexto Transitorio) abre la puerta a que permanezcan este tipo de transmisiones hasta el 31 de diciembre del 2017 en estaciones de menor potencia. Otro punto que agrega es que los hogares de bajos recursos que califiquen para recibir un subsidio para la transición serán definidos con base en lo que determine la Secretaría de Desarrollo Social federal (Sedesol), que opera programas asistenciales.

La importancia de la transición reside en disponer más rápidamente de la banda de 700 MHz, el “dividendo digital”, para ofrecer servicios de banda ancha móvil. En el caso de México, esta parte del espectro radioeléctrico pasará a ser parte de una red pública compartida de telecomunicaciones a cargo del Estado y que puede desarrollarse en conjunto con empresas que no ofrecerá servicios al cliente final, sino a los operadores para que estos desplieguen servicios de banda ancha.

Otro aspecto relacionado a esto es la viabilidad económica de las cadenas comerciales de televisión digital que serán licitadas durante un proceso que comenzó en 2014 y terminará en la primera mitad del 2015, aunque se debe admitir que estas cadenas también se beneficiarán de la retransmisión de sus señales en plataformas de televisión restringida, fenómeno que ayuda a la transición digital.

También es relevante discutir la dimensión cualitativa del proceso de transición, pues la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) aún no presenta su programa de trabajo para televisión digital. Tanto en la reforma constitucional como en la iniciativa de ley se permite a la Secretaría subsidiar equipos decodificadores y receptores, lo que se ha reflejado en la decisión de entregar televisiones y no decodificadores como había puesto en marcha la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) en 2013, y que son menos costosos. Estas televisiones se estarán entregando en temporadas cercanas al proceso electoral federal del 2015 por el que se renovará la Cámara de Diputados.

(cc) Marte Merlos

Criterios para regulación de competencia económica

Quizás uno de los temas más recurrentes en este apartado es la posibilidad de que la SCT o la Secretaría de Hacienda presionen al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) al decidir sobre concesiones a través de la “opinión no vinculante” que ambas dependencias pueden ejercer, según se estableció en la constitución. La decisión del valor mínimo para las cadenas de televisión mostró ya un caso empírico de esta situación en la que el IFT decidió no seguirla y establecer una cifra que representa la mitad de lo que Hacienda propuso.

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Sin embargo, existen temas regulatorios que deben ser observados en la propuesta definitiva de ley de telecomunicaciones. Por ejemplo, el regulador mexicano puede echar mano de criterios medibles para declarar reglas asimétricas al agente económico preponderante en telecomunicaciones que tienen que ver con cantidad de usuarios, tráfico en sus redes, o la capacidad de las mismas. En el artículo 261 de la propuesta de Peña Nieto, al agente preponderante de radiodifusión (Televisa fue declarado como tal) sólo se mediría por la audiencia, y no por el resto de los criterios que la constitución enlista. Vale la pena decir que en las modificaciones de la propuesta del Senador panista Javier Lozano Alarcón se agregaba la capacidad de las redes de este grupo económico en radiodifusión, pero se mantenía este acotamiento a dos variables solamente para el IFT.

Otro aspecto relevante será cómo se plantean sectores o servicios que se vuelven más complejos y que tienen más peso en la conectividad, como el de la televisión de paga. Las disposiciones para este servicio no recogen una noción de cómo las plataformas como el cable representan también una oferta de servicios de banda ancha, lo que obliga a tener una óptica más transversal a la hora de regular servicios de este tipo no sólo como una oferta de audio y video, sino de conexión a Internet. Este elemento es más complejo, pues tendría que poner en contexto cómo una oferta de programación, como partidos de futbol en exclusiva de un operador que no ofrece conexión a Internet, impone costos o condiciona la decisión de un usuario que quiere contratar este servicio y conexión a Internet.

Otro tema que ha suscitado interés está en el artículo 131, que indica que las telefónicas de América Móvil no cobrarán por interconexión, pero deberán pagar a sus competidores por este concepto. Sin duda este tema puede cuestionarse desde la base que se está decidiendo antes de que el IFT pueda ordenarlo, pero sin duda lo relevante está en qué medidas puede tomar el regulador para atacar directamente prácticas que derivan en fenómenos como el “efecto club” (no cambiarse de operador por temor a quedar excluido de una red de llamadas on-net más baratas o que le evitarían costos) del que especialistas han dicho que se debe atacar de modo directo si se quiere eliminar eficazmente.

Los derechos de los consumidores y la audiencia.

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El beneficio prometido de la reforma no proviene solamente de la disponibilidad de mayores ofertas. Se requieren condiciones para la defensa de derechos de los ciudadanos en su dimensión de consumidores o audiencia.

En cuanto a los derechos del usuario, la iniciativa presidencial presenta algunas medidas que deben complementarse con la Ley Federal de Protección al Consumidor. Le corresponde al IFT verificar que los servicios se ofrezcan de acuerdo a los parámetros y calidad establecidas, pero es la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) la encargada de llevar a cabo la defensa del consumidor. En este caso es necesario que existan recursos que permitan al consumidor entender, por ejemplo, cómo sus derechos se relacionan con el marco legal existente y medidas especiales (como las asimétricas) para que los concesionarios no busquen aprovecharse del usuario con base en disposiciones que no conozca técnicamente.

Por las audiencias, el reto está en conciliar sus derechos con la libertad de expresión. La iniciativa presidencial contempla para medios de información un esquema de ciertas condiciones básicas, como diferenciar opinión de noticia, o noticia de publicidad, así como algunos requisitos deseables sobre pluralismo en la programación. No obstante, el mayor peso está en requerirle a los medios que tengan códigos de ética generados por ellos mismos y tener disponible a un defensor de la audiencia (Ombudsman). En este caso, la tarea a observar es la garantía de que estos códigos estén disponibles para la audiencia y que el proceso de defensoría sea ágil y garantice en casos como el derecho de réplica de una exposición equiparable a la información a la que se está respondiendo. En cuanto al acceso a medios públicos o sociales, también se debe motivar a estos concesionarios a que establezcan reglas claras para el acceso no sólo de productores independientes, sino de organizaciones civiles interesadas en la audiencia sin que esto ponga en riesgo las decisiones editoriales a través de la presión.

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Tiempos extra

Las siguientes semanas podrían arrojar un documento de base para observar cómo estos temas y aquellos relacionados con libertades en Internet y la privacidad de los usuarios serán propuestos formalmente. Sin duda el tema de telecomunicaciones plantea una variedad de temas que deben seccionarse para entenderse mejor como partes separadas. Es esencial contar con espacios de discusión de lo que se propone, qué implicaciones tiene y cómo se han reflejado en la experiencia empírica.

Los tiempos elegidos para discutir esta importante iniciativa pueden presentarse como no deseables por cruzarse con la transmisión de los partidos del Mundial en Brasil. No obstante, la disponibilidad de herramientas como Explica La Ley y la existencia de más foros de conversación como son las redes sociales presentan una buena oportunidad para poner a prueba el potencial distractor que se le atribuye de antemano al evento.

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Foto (CC) Marte Merlos

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