La televigilancia móvil es una preocupación de la sociedad civil, hace unos días una mujer en Quintero denunció que una cámara de la comuna estaba grabando escenas íntimas suyas en la plaza de la ciudad.
PUBLICIDAD
Esto llevó a que un grupo de organizaciones digitales como Derechos Digitales, Fundación Datos Protegidos y Amnistía Internacional firmara una carta para el presidente Sebastián Piñera y el Gobierno.
Esta nueva política nacional instaura una tecnología de vigilancia masiva en el espacio público, con un nivel de intrusión y movilidad nunca antes vista en Chile, y es la expresión de un Estado que busca un mayor control social, vulnerando el principio de inocencia de nuestro sistema penal al someter a la población a la constante mirada vigilante y omnipresente de la policía, facilitada por la tecnología. Este sistema viola derechos fundamentales en una sociedad libre y democrática, y representa un retroceso significativo del Estado chileno en materia de derechos humanos.
Televigilancia es ilegal y abusa de la autoridad, dicen en la carta
En la carta, las organizaciones comentan que:
- El sistema es ilegal. No existe una habilitación legal expresa que autorice el reconocimiento de personas con fines de vigilancia[2] y tampoco existen anuncios de un proyecto de ley que lo habilite. Si para poner en funcionamiento los controles de identidad preventivos, el ejecutivo entiende que se requiere una habilitación legal expresa, por la limitación del ejercicio de garantías constitucionales que implican, del mismo modo debió prever que el desarrollo de una política basada en el despliegue de tecnologías de vigilancia altamente intrusiva necesita de un debate democrático previo en el Congreso, orientado a balancear la protección de los derechos fundamentales en juego. La falta de una legislación adecuada para la protección de datos personales y para la prevención de los abusos policiales -como los ocurridos en casos como Operación Huracán- agravan esta situación de ilegalidad y falta de mecanismos de control.
- El sistema es inconstitucional. Al mantener a la sociedad vigilada en el espacio público, sujeta al escrutinio y registro constante, el sistema amenaza los derechos a la vida privada y a la protección de datos personales (Art. 19 nº 4), a la inviolabilidad del hogar (Art. 19 nº 5), a la libertad de movimiento (Art. 19 nº 7), a la libertad de reunión pacífica (Art. 19 nº 13) y a la igual protección de la ley en el ejercicio de derechos (Art. 19 nº 3). Al no existir autorización constitucional ni legal expresa, ni control judicial alguno, se afecta inconstitucionalmente la esencia de tales derechos, contraviniendo lo prescrito en el Art. 19 nº 26.
- El sistema es ineficaz, ineficiente y propenso a errores. Incontables estudios, incluyendo la experiencia reciente en Chile,[4] dan cuenta de que el reconocimiento facial es altamente falible. Del mismo modo, no existe una correlación significativa entre el descenso de la criminalidad y la presencia de estos aparatos. Ni el sector oriente de Santiago ni la región de Antofagasta -donde, desde diciembre de 2018, ha operado el piloto de este programa- han mostrado cambios significativos en las tendencias de criminalidad.
- El sistema facilita abusos de la autoridad. Los sistemas de reconocimiento facial han facilitado la institucionalización de sesgos asociados a la clase social y el color de la piel[6], y refuerzan prejuicios sociales, manteniendo sistemas de persecución criminal discriminatorios y basados en la sospecha del otro. El plan inicial cubre comunas de nivel socioeconómico predominantemente medio y bajo, con lo que amenaza reforzar discriminaciones existentes sobre la población menos privilegiada y su estigmatización.
- El sistema carece de legitimidad. No existen estudios que avalen la necesidad ni la proporcionalidad de las medidas anunciadas. Tampoco existen estudios de impacto sobre derechos humanos que avalen las medidas, ni han existido mecanismos de participación pública en su formulación. La ausencia de autorización legal en la materia requiere de un debate democrático en el Congreso previo a la implementación de esta tecnología.
- El sistema carece de mecanismos de transparencia y rendición de cuentas. La autoridad no ha informado qué tecnología se usa para el reconocimiento facial, cuáles pruebas de errores se han realizado y cuáles han sido sus resultados, ni cómo se hará esa evaluación en el futuro. Tampoco ha anunciado qué medidas técnicas y organizativas se adoptarán para resguardar la seguridad de la información recogida por las aeronaves, ni qué resguardos existen en caso de abuso por quienes operen la tecnología. Un ejercicio de función pública sin transparencia y rendición de cuentas es inaceptable.
Recomendaciones de las organizaciones
- Detener el proceso de implementación de videovigilancia aérea mediante drones y poner fin al programa “Calle Segura” mientras no existan evaluaciones transparentes y abiertas, como también discusión pública sobre la necesidad, conveniencia y licitud de las medidas propuestas.
- Ordenar la realización de análisis previos de impacto en derechos humanos de las propuestas sobre tecnología de vigilancia y seguridad pública, y evaluación periódica de sus resultados, en procedimientos transparentes, visados por expertos independientes.
- Impulsar con urgencia la reforma a la normativa sobre protección de datos personales, incluyendo la formación de una autoridad pública de control, autónoma y con facultades amplias de fiscalización, intervención, interpretación y sanción, desde una perspectiva de protección de los derechos fundamentales. Del mismo modo, impulsar una reforma profunda a las instituciones policiales, que permitan un control democrático y la prevención de los múltiples abusos en el uso de tecnologías de vigilancia, para ceñirlas a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.

Quiénes firman la carta
- Derechos Digitales · América Latina
Fundación Datos Protegidos
Amnistía Internacional – Chile
Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales
Ciudadanía Inteligente
Observatorio Ciudadano
Corporación Fundamental
Centro de Investigación y Defensa Sur (CIDSUR)
Libertades Públicas
Fundación ProAcceso
Fundación Todo Mejora
Corporación Humanas
Acoso.Online
Fundación Multitudes
Presidencia FECh
Coordinadora Feminista 8M
Colectivo Disonancia
Observatorio de Género y Equidad
Frente Feminista Región Metropolitana de RD
Colectiva Hartas Mujeres
Mujeres en el Medio
Foro Ciudadano
Vaginas Ilustradas
Stgoverde
Brigada de Propaganda Feminista
Domingo Lovera, abogado y académico UDP.
Patricia Peña, académica, Coordinadora Diplomado en Comunicación Digital ICEI Universidad de Chile.
Paz Becerra, abogada.
Pablo Ortega Manosalva, abogado.
Sebastián Saavedra Cea, abogado.
Karina Riquelme Viveros, abogada.
Natividad LLanquileo Pilquiman, abogada.
Pamela Nahuelcheo Queupucura, abogada.
Marlenne Becker Marín, trabajadora social.
Cristopher Corvalán Rivera, abogado.
Eduardo Painevilo Maldonado, abogado.
Carolina Contreras Rivera, abogada.
Luis Cordero, abogado y profesor de derecho administrativo – Universidad de Chile.
María Jaraquemada, abogada.
Mauricio Duce, abogado y académico UDP.
Pedro Anguita, abogado.
Tomás Jordán Díaz, abogado y académico Universidad Alberto Hurtado.
Verónica Encina, abogada.
¿Quieres adherir a la declaración? Firma acá.
Consejo para la Transparencia también se pronunció
El presidente del Consejo para la Transparencia, Marcelo Drago, ya presentó un informe para hacer una fiscalización de lo que ocurrió en Quintero. Pero además se refirió hoy al tema de la televigilancia.
“Los órganos del Estado tienen serias responsabilidades con todos los ciudadanos, chilenos y chilenas, en materia de proteger su privacidad. Las acciones en materia de seguridad ciudadana, registrado del orden público pueden desarrollarse bajo ciertas reglas y principios que respeten la privacidad y el derecho a la protección de datos personales. Esto no es un derecho perdido en una ley del año 1999, es un derecho que se reconoció en la Constitución desde agosto del año pasado expresamente, por lo tanto tiene el más alto estándar legal que puede tener un derecho en nuestra legislación”, dijo Drago.