A través de un comunicado, la Subsecretaría de Telecomunicaciones de Chile (Subtel), se refiere al fallo recién informado respecto a la banda 700.
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Sucede que la Conadecus demandó a Claro, Entel y Movistar por el uso de la banda de 700 MHz porque «las tres compañías han incurrido en una conducta anticompetitiva al adjudicarse bloques en la licitación del concurso público de la banda 700, sin respetar el límite de 60 MHz impuesto como máximo que puede tener cada incumbente en el mercado de servicios».
La Corte Suprema acogió la demanda y desde la Subtel, la subsecretaria Pamela Gidi entrega las siguientes declaraciones:
Este fallo ratifica la decisión que tomamos en Subtel hace unos días de suspender el uso de la banda de 3,5 GHz para el estudio de una futura red 5G, confirmando que se trata de una medida dentro de las facultades que tiene esta Subsecretaría, que se ajusta a derecho, y descartando que se trate de una expropiación, o de una medida arbitraria o ilegal. El espectro radioeléctrico es un bien nacional de uso público que pertenece a todos los chilenos, y las empresas están en la obligación de hacer un uso eficiente, evitando su acaparamiento. La decisión de la Corte Suprema refuerza la idea de que los operadores móviles no pueden apropiarse de un bien que pertenece a todos los chilenos, y cuya administración y control es legalmente responsable Subtel.
En sus palabras se puede desprender que sienten que gracias a esto, se valida su decisión de «congelar» la banda 3.5 G y quitarle a las operadoras el control sobre el espectro.
Quedamos a la espera de la declaración de las operadoras al respecto.