Con la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea acerca de la obligación que tienen los motores de búsqueda para respetar el derecho al olvido, se encendió nuevamente la discusión en torno a la responsabilidad que deben tener los intermediarios en Internet. En ese caso en particular, resulta preocupante que un motor de búsqueda sea considerado responsable del tratamiento de los datos personales de los usuarios que aparezcan entre sus resultados.
Más recientemente, el debate también se ha agudizado en Argentina a causa de la demanda de una modelo en contra de los motores de búsqueda por hacer un mal uso de su imagen. Organizaciones como la Asociación de los Derechos Civiles (ADC) de aquél país han manifestado su preocupación por los riesgos que estas conductas implican para la libertad de expresión en Internet.
Intermediarios en Internet
(cc) MrHicks46 / Flickr
Los casos más representativos de este tipo de actores del ecosistema de Internet son los ISP y los motores de búsqueda. En el caso de los proveedores de acceso a Internet, han existido intentos por otorgarles la facultad de bloquear el acceso a usuarios que incurran en conductas delictivas, entre las que se incluyen la puesta a disposición de archivos que violen derechos de autor o de propiedad intelectual.
Con respecto a los buscadores, se podría configurar una tendencia preocupante. Tanto en el caso español relacionado con el derecho al olvido como en el promovido en Argentina, los quejosos buscan responsabilizar al motor de búsqueda por información alojada en sitios de terceros. Para muchos, el sentido común indicaría que el ataque debería dirigirse precisamente a tales sitios y no al gestor del motor de búsqueda.
Las amenazas para la libertad de expresión
(cc) Inti / Flickr
En estos casos existe una colisión importante de derechos. Por un lado se encuentra el derecho a la libertad de opinión y expresión, que puede ser ejercido a través de cualquier medio, incluyendo Internet. También se encuentran un par de derechos fundamentales, que están relacionados con la protección de datos personales y con el acceso a la información pública.
Cuando se habla de derecho al olvido o cualquier otro tema que involucre a los intermediarios en Internet cargándoles una responsabilidad específica sobre la información producida por terceros, lo que se pone en riesgo es el derecho a la libertad de opinión y expresión. Se dice que si el criterio que prevalecerá para retirar – o no – un contenido en Internet es el del intermediario, éste optará por censurar contenidos de interés público buscando evitar un posible castigo de las autoridades.
Es por esto que resulta de especial interés el método adoptado por Google para recibir peticiones de usuarios que buscan ejercer su derecho al olvido al tiempo. Sobre todo porque esta empresa busca cumplir con el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sin instaurar un mecanismo de censura privada, lo cual resulta positivo en la teoría.
Derechos digitales y censura privada
(cc) Ray Bouknight / Flickr
Como se puede ver, el uso de aplicaciones basadas en Internet tiene implicaciones serias para el ejercicio de derechos humanos e incluso impacta en la vida política de un país. En este sentido, ADC señala que imponer responsabilidades a los intermediarios “tiende a debilitar al debate público y a generar focos de censura privada inaceptables para una sociedad democrática”. El posicionamiento de esta organización coincide con los criterios contenidos en la Declaración conjunta sobre libertad de opinión y expresión en Internet, emitida en 2011.
Un punto debe quedar claro: no se trata de defender a Google ni a alguna empresa en especial, sino evitar que se siga poniendo en riesgo el ejercicio de derechos digitales. Un ecosistema de Internet en el que los intermediarios no tengan más responsabilidad de las que les asigne un juez en función de cada caso en particular, contribuye a mantener – o a crear, según lo quieran ver – una Internet libre, abierta y neutral.