Finalmente el Tribunal Supremo no encuentra razones suficientes para suspender la Ley Sinde-Wert: Considera que no produce “perjuicios irreversibles” aunque los actos que se deriven de su aplicación, puedan provocarlos.
Recordemos que esta Ley entró en vigencia en el mes de marzo, con la intención de “proteger la propiedad intelectual” en Internet cerrando páginas Webs y consiguiendo su bloqueo por parte de los operadores si se encuentran fuera de España.
Principal problema que planteaba el recurso presentado por la Asociación de Internautas ante el Tribunal Supremo: Se dan demasiadas funciones a la Comisión de Propiedad Intelectual, que son los responsables de aprobar y proceder a cerrar los sitios web que consideren.
En concreto: La Comisión tiene poderes que se le dan a los jueces por ley además de que no se dejan muy definidas las infracciones que castigan. Y esto se traduciría al final a llevar a cabo “sanciones sin la habilitación legal precisa” y por lo tanto nos traería una “inseguridad jurídica que pone en peligro los derechos fundamentales de los ciudadanos”.
Pues el Tribunal Supremo no piensa lo mismo y sale con que el reglamento no puede ser considerado ilegal, pero sí podrían ser considerados así “los actos derivados de su aplicación”. Y esos actos, en cambio, se pueden recurrir.
Así que los jueces, con el reglamento de la Ley Sinde-Wert, se limitarán a dar la autorización para que los proveedores de acceso cedan los datos que ayuden a la comisión a identificar al titular del sitio web que pretenden cerrar. Aparte también de hacer que se lleve a cabo la resolución del procedimiento. Pero no se meterán a la hora de evaluar si las webs atentan o no contra la propiedad intelectual.
Desde que en marzo entro en vigor la Ley Sinde-Wert, ya hay más de 300 webs denunciadas: Se supone que pronto empezarán las órdenes de cierre y bloqueos. Y entonces, teniendo en cuenta este auto del Tribunal Supremo, contra las decisiones que tome la Comisión será contra lo que sí se puede recurrir.
Ya veremos cómo nos va… Y a quienes beneficia; las cosas siguen sin estar muy claras…
Link: El Tribunal Supremo no considera justificado suspender la aplicación de la Ley y Reglamento Sinde-Wert, aunque vacila. (Asociación de Internautas)