(cc) RocketRaccoon
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Suministrar enlaces a contenidos no es delito. Algo que a pesar de la ‘ley Sinde’ los jueces en España todavía tienen claro y como tal legislan en consecuencia. Ha sido el caso del Juzgado de lo penal Nº1 de Barakaldo, en el País Vasco, que ha absuelto a los gestores de la web FenixP2P acusados por las asociaciones Adese y Promusicae de un delito continuado contra la propiedad intelectual.
Como en otros casos juzgados por la misma acusación, el juez ha dictaminado que no ha existido conducta delictiva en el hecho de proporcionar enlaces a terceros sitios aunque estos si alberguen contenidos para descargar que infrinjan los derechos de autor. Tal y como recoge la sentencia: “A lo sumo podría hablarse de cooperación necesaria o facilitación para desarrollar una actividad entre particulares, la de intercambio mediante descargas, pero que tampoco es delictiva”.
En todo caso también aclara que cuando la ‘ley Sinde’ sea efectiva, la conducta exhibida por FenixP2P si podría llegar a considerarse como delito, pero que en este preciso momento considera que “no parece ni razonable, ni justo, ni proporcional, el dotar de trascendencia y consecuencias penales a esta conducta”.
Link: FenixP2P no delinque al ofrecer enlaces a descargas (La Voz de Asturias)