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España abre procedimiento para sancionar a Google por Street View

Multas de hasta 600 mil euros podría recibir Google, de comprobarse que habría vulnerado la Ley de Protección de Datos (LPD) al captado sin autorización datos personales de ciudadanos españoles a través de su servicio Street View

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha abierto un procedimiento sancionador y ha trasladado su informe al Juzgado de Instrucción número 45 de Madrid, que tratará la posible infracción a partir de ahora.

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No es la primera vez que la AEPD investiga a Google. Ya en el mes de mayo el organismo español había abierto una investigación después de que la empresa reconociera que había captado por error datos de localización de redes WiFi por los vehículos utilizados para fotografiar las calles de distintas ciudades españolas, para la aplicación Street View.

La agencia informa en un comunicado que ha constatado la existencia de “indicios” de la comisión de un total de cinco infracciones (dos graves y tres muy graves) de la legislación española de protección de datos, imputables dos de ellas a Google Inc. como responsable del servicio y del diseño del software de recogida de los datos para el servicio Street View, y tres a Google Spain como responsable de la captación y almacenamiento de los datos en España.

Datos “robados”

Entre los datos que habría obtenido Google de forma irregular, la AEPD destaca en su comunicado que se incluirían:

Direcciones de correo electrónico con nombre y apellidos; direcciones y cuentas asociadas a mensajes de correo o mensajería instantánea; accesos a cuentas de redes sociales y sitios web, o códigos de usuario y contraseña con datos personales que identifican a sus titulares, y que en algunos casos permiten el acceso a datos especialmente protegidos, entre otros.”

Además, se ha verificado la transferencia internacional de los datos por parte de Google a Estados Unidos, sin que se haya acreditado el cumplimiento de las garantías previstas en la LOPD, que permiten las transferencias internacionales de datos.

Las multas

Las infracciones graves, como recoger y almacenar datos personales sin el consentimiento de sus titulares, pueden ser penalizadas con multas que van de los 60.000 a los 300.000 euros.

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Por su parte, las muy graves, como captar datos especialmente protegidos sin autorización o transferir esos mismos datos a EE.UU. sin garantías, pueden ser castigadas con multas que van desde los  300.000 a los 600.000 euros… Aunque suenan como cifras fuertes, no es ni tanto para el gigante de las búsquedas.

Google reconoció su error y afirmó en un comunicado que “lamentamos profundamente haber recogido datos en España. Estos datos no han sido utilizados de ninguna forma en ningún producto de Google y la compañía nunca pretendió utilizarlos de ninguna manera”.

La compañía además recordó que “la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa ha archivado recientemente su investigación en relación con la recogida de datos de redes WiFi en España. En su decisión se mencionaba que la captación de información fue aleatoria y fragmentaria y nunca ha sido utilizada en ningún producto de Google”.

Link: Protección de Datos abre un procedimiento sancionador contra Google (PortalTic)

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