No hay apuro en legislar sobre la TV Digital. Hay dos leyes en el Parlamento en este momento y las dos presentan serias deficiencias. Es imprescindible ocupar todo el tiempo necesario para tomar decisiones trascendentales para el país. Y si hay un plazo que vence en octubre para las pruebas de televisión digital, este se puede aplazar por decreto.
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El hecho de que la TV Digital se pueda recibir sólo en Santiago no corresponde a problemas con la Norma Técnica ni con la Legislación, obedece a que los canales de TV aún no realizan las inversiones necesarias para llegar a más usuarios.
Los canales de TV pueden argumentar que no desean invertir si no hay leyes del juego claras, pero siguen siendo razones de Mercado y no de Estado.
Si el proyecto de ley se aprobara hoy, ello no implica que la implementación de TV Digital se apresure, los que deben acelerar el proceso son los Operadores y no los Legisladores. Los permisos, si bien pueden ser provisorios, se pueden extender vía Decreto de la Subtel.
Ley de TV
Para el conocimiento de los lectores de FayerWayer, comparto con ustedes, el proyecto sobre TVN o la TV Pública que se encuentra en manos de la comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado.
Otra cosa es la Ley del Consejo Nacional de TV, o Ley de TV Digital, que habla de las concesiones básicamente (este es el proyecto que el gobierno está llamando a aprobar).
Es en este Proyecto de Ley que quisiera detenerme, ya que presenta serias deficiencias que pueden significar la pérdida de beneficios ciudadanos importantes, como el derecho a recibir gratuitamente las señales de TV. En el segundo ejercicio de indicaciones sustitutivas, el Ejecutivo anterior plantea que:
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En consecuencia, independientemente de las otras actividades que la concesionaria pueda desarrollar en virtud de su concesión, aquélla deberá transmitir al menos una señal de televisión de libre recepción”.
Al digitalizar las señales, los operadores podrán transmitir simultáneamente más de una señal (Multicasting). O sea que sí, nos podrían cobrar por la segunda señal, por la tercera, la cuarta, y así sucesivamente hasta la octava señal que la tecnología permitiría irradiar simultáneamente. Para convencer a los Legisladores de no terminar con este derecho ciudadano, se necesita tiempo. Todo el tiempo que sea necesario. Esta indicación NO PUEDE SER APROBADA y aún no hay conocimiento de ello ni tampoco convicción política que indique la imprudencia de esta medida.
Decretos
Si yo fuera la autoridad, pondría énfasis y energía en modificar las aplicaciones mínimas que deben traer los aparatos receptores que se comercialicen en Chile, ya que estas modificaciones se pueden realizar por decreto y no necesitan trámite parlamentario.
La administración anterior, preferentemente, se ocupó de reducir los precios de las teles y de los decodificadores que a futuro compremos los usuarios, a costa de fijar parámetros técnicos escuetos que bajo un criterio económico, limitan las posibilidades de instalar usos sociales sobre estas nuevas plataformas de comunicación.
No obstante, dejó al arbitrio del mercado, “a criterio” de los fabricantes de los receptores por ejemplo la aplicación de la Nueva Ley 20.422 de Acceso a la Discapacidad, en vez de fijar estas garantías por norma.
Agradezco enormemente la Plataforma que entrega FayerWayer para visibilizar esta problemática y aprovecho la oportunidad para hacer un llamado a todos los que leen esta columna para que se apropien del tema que les presento, los invito a sumar su opinión, a generar diálogo, y a realizar acciones concretas para que la ciudadanía sea tomada en cuenta por la clase política y sean resguardados sus derechos civiles, sociales y culturales.